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LA ADMISION Y PERFIL DE
LOS CANDIDATOS AL SEMINARIO MAYOR DIOCESANO

3. La admisión de candidatos al Seminario Mayor Diocesano

3.1 Requisitos para el ingreso:

En la carpeta personal de cada candidato debe haber los siguientes documentos:
· Constancia de matrimonio canónico de los padres.
· Constancia del Bautismo y de la Confirmación del candidato.
· Certificados de estudios académicos realizados válidamente.
· Una hoja con los datos personales del candidato y sus referencia familiares con una fotografía del candidato.
· Si se considera conveniente, solicitar otros documentos que sean necesarios: DNI, Libreta Militar, etc.
· Un certificado acerca de la salud del candidato, expedido luego de un examen realizado antes de su ingreso.
· Un informe psicológico, si hubiera razón para pedirlo.
· Una petición escrita del candidato, pidiendo su incorporación, o su aceptación al Seminario.
· Informe (enviado directamente al Seminario y por medio del candidato) del o los sacerdotes que han apoyado al candidato en su discernimiento vocacional.

3.2 Perfil de los candidatos

3.2.1 Ordinariamente la admisión corresponde al Obispo y al Rector, asesorados por los formadores del Propedéutico quiénes les entregan el informe respectivo.

3.2.2 Cuando en la toma de decisión, el Obispo diocesano tenga duda, podrá recurrir a la Comisión Consultiva de la Comisión Episcopal de Seminarios y Vocaciones. Dicha Comisión responderá las consultas que presenten los Obispos diocesanos en caso de duda en la admisión de seminaristas. El Obispo diocesano que pida consulta, alcanzará la documentación pertinente a la Comisión Consultiva. Cuando un Obispo tenga conocimiento cierto de que un seminarista o miembro de un Instituto de Vida Consagrada o Sociedad de Vida Apostólica ha sido expulsado y haya sido admitido en otro Seminario, además del informe, deberá comunicarlo a la Comisión Consultiva

3.2.3 Para ser admitido al Seminario el candidato debe presentar las características especificadas en el siguiente perfil:

a. Rectitud de intención:
· Transparencia sobre su historia personal
· Sinceridad y coherencia de vida: dar razón de sus condiciones físicas, psíquicas, morales, religiosas y afectivas.
· Amor a la verdad. Honradez.

b. Libertad de voluntad:
· Capacidad para tomar decisiones prudentes.
· Equilibrio y armonía en la integración de tendencias y valores.
· Dominio del propio carácter y disponibilidad.

c. Virtud espiritual
· Práctica de los sacramentos.
· Conocimiento de la Palabra de Dios.
· Amor a la Iglesia
· Espíritu de servicio y de disponibilidad.
· Laboriosidad, creatividad e iniciativa en la acción.

d. Idoneidad y moral:
· Madurez afectiva.
· Conocer, estimar y valorar el celibato.
· Disponibilidad y obediencia a los formadores.
· Rectitud y objetividad en el modo de juzgar a las personas.
· Capacidad de diálogo y comunicación.
· Austeridad y espíritu de pobreza.

e. Idoneidad intelectual:
· Recta doctrina y conocimientos de cultura general.
· Sentido crítico.
· Disciplina de estudio.

f. Conveniente salud física y psíquica y condiciones familiares:
· Salud física (enfermedades infecto-contagiosas=.
· Salud psíquica.
· La historia y vida familiar.
· Enfermedades hereditarias (certificados médicos).

3.3 Candidatos proveniente de otros Seminarios

3.3.1 Para la admisión al Seminario diocesano de candidatos provenientes de otro Seminario o de un Instituto de Vida Consagrada o Sociedad de Vida Apostólica, se requiere del informe del Superior respectivo, sobre todo acerca de la causa de su libre y voluntaria salida y/o expulsión. El Obispo diocesano solicitará por escrito, el informe detallado y reservado al respectivo superior del candidato al Seminario. El informe consignará todos los datos del candidato: familiares, sociales, económicos, académicos, espirituales y las causas de su libre y voluntaria salida.

3.3.2. Cuando la causa de la salida del Seminario o del Instituto de Vida Consagrada o Sociedad de Vida Apostólica no es libre y voluntaria, se consignarán, además de los indicados en el párrafo anterior, detalladamente y con precisión los motivos de la misma.

3.3.3. Cuando sea necesario con el fin de una mayor objetividad se anexará a la información los testimonios y certificados que muestren la obligada salida del Seminario o Instituto de Vida Consagrada o Sociedad de Vida Apostólica.

3.4 Vocaciones adultas

3.4.1 Hay que tener particular cuidado en admitir candidatos adultos (sobre los treinta años) por dos motivos: primero para averiguar bien su vivencia, personalidad y autenticidad de vocación y segundo por las dificultades derivadas por introducir adultos de 30 – 40 años con jóvenes de 18 – 25 años.

3.4.2 Ha de contemplar también la posibilidad de nuevas experiencias institucionales para atender a los adultos que aspiran al sacerdocio procedente de determinados ambientes y situaciones sociales que presentan una problemática particular.

3.4.3 Por eso, hay que considerar por parte de la Conferencia Episcopal Peruana la existencia de un Seminario nacional para vocaciones adultas.

 
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